Gas más caro: el Gobierno promulgó el ajuste en Zonas Frías

El Gobierno promulgó la ley que modifica el Régimen de Zona Fría y que eliminó de ese beneficio automático por criterio geográfico a las localidades más afectadas por las bajas temperaturas. La nueva normativa reorienta el subsidio según el nivel de ingresos de cada usuario y a quienes cumplan determinados requisitos de consumo.

La entrada en vigencia de la nueva normativa fue publicada hoy en el Boletín Oficial, y deja afuera del beneficio a más de 3 millones de usuarios que viven en un centenar de departamentos ubicados en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Mendoza, Salta, San Juan, San Luis, Jujuy y La Rioja.

A partir de ahora, los subsidios serán destinados sólo a la región patagónica, la región de la Puna y el departamento mendocino de Malargüe.

La medida había sido sancionada por el Congreso el 24 de septiembre pasado, en medio de un duro debate parlamentario que desoyó los argumentos de los especialistas citados por los bloques que se opusieron al recorte.

El argumento del oficialismo fue que, con ese recorte, el Gobierno se ahorraba entre 200 mil y 480 mil millones de pesos que lo utilizaría para resguardar su mentado superávit fiscal frente a la baja de la recaudación.

La promulgación (publicada hoy pero fechada el 9 de octubre último) vincula la aplicación del régimen de Zona Fría a un Régimen de Subsidios Focalizados que se aplicará según los consumos base de los usuarios residenciales que cumplan determinadas condiciones.

Los requisitos son los siguientes:

  • Que los hogares de cuatro integrantes no tengan ingresos netos conjuntos que superen las tres Canastas Básicas Totales, es decir alrededor de 4,8 millones de pesos.
  • Que en el hogar haya integrantes que posean Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP (Registro Nacional de Barrios Populares).
  • Ser veterano de la Guerra de Malvinas y estar a cargo del hogar.
  • Que en el hogar alguien acredite un Certificado Único de Discapacidad (CUD), que quedará sujeto a la evaluación.

Este nuevo régimen se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2031 y conservará un recargo de hasta el 7,5 por ciento sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte para financiar el fondo fiduciario.

A este porcentaje, el Gobierno podrá aumentarlo o disminuirlo hasta en un 50 por ciento, de acuerdo a los criterios que se le ocurra en ese momento.

Además, la nueva normativa refuerza el criterio de traslado de los costos de adquisición de energía a las tarifas, tanto en electricidad como en gas natural, con las condiciones previstas en la norma.

Y también extiende el horizonte del régimen de promoción de energías renovables hasta 2045. De la misma manera elimina determinadas normas anteriores de promoción de inversiones en hidrocarburos, preservando los derechos adquiridos.

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