El Gobierno apelará por novena vez un fallo a favor de la Ley de Financiamiento Universitario

El Gobierno apelará el fallo del juez federal Martín Cormick que ordenó avanzar con la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario, al considerar que el Poder Ejecutivo no podía utilizar el Decreto 759/2025 para condicionar la vigencia de una norma que había sido ratificada por el Congreso después del veto presidencial.

El magistrado hizo lugar a una acción de amparo colectivo presentada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), universidades nacionales y docentes, además de una demanda acumulada iniciada por la Universidad de Buenos Aires (UBA).

En su resolución, el juez cuestionó específicamente la cláusula del decreto que establecía que la promulgación de la ley se realizaba «sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N°24.629». Según sostuvo, esa disposición terminó funcionando como un mecanismo para impedir la aplicación de una norma que el Congreso había vuelto a aprobar con una mayoría de dos tercios, luego de que el Poder Ejecutivo la vetara.

Por ese motivo, ordenó al Gobierno «el cumplimiento inmediato de la Ley de Financiamiento Universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin».

La decisión de Cormick será apelada por el Ejecutivo, que mantiene su estrategia de recurrir las resoluciones judiciales que le ordenan aplicar leyes sancionadas por el Congreso. De esta manera, el conflicto por el financiamiento universitario continuará en las distintas instancias de la Justicia hasta llegar, eventualmente, a la Corte Suprema.

El recorrido legislativo de la Ley de Financiamiento Universitario

La Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente tuvo este recorrido:

6 de agosto de 2025 — Diputados: obtuvo media sanción con 158 votos a favor, 75 en contra y 5 abstenciones.

21 de agosto de 2025 — Senado: fue sancionada con 58 votos a favor, 10 en contra y 3 abstenciones, por lo que quedó convertida en ley.

10 de septiembre de 2025 — veto presidencial: Javier Milei vetó totalmente la norma mediante el Decreto 647/2025.

17 de septiembre de 2025 — Diputados: la Cámara insistió con la sanción original y rechazó el veto con 174 votos a favor, 62 en contra y 2 abstenciones, superando los dos tercios requeridos.

2 de octubre de 2025 — Senado: la Cámara alta también insistió con la ley y rechazó el veto con 58 votos a favor, 7 en contra y 4 abstenciones, superando nuevamente los dos tercios.

En términos constitucionales, el Congreso aprobó la ley, el Ejecutivo la vetó y ambas Cámaras volvieron a aprobarla con la mayoría agravada necesaria para dejar sin efecto el veto. Ese antecedente es central para el fallo de Cormick, quien consideró que el Ejecutivo no podía utilizar posteriormente el Decreto 759/2025 para condicionar su aplicación.

El recorrido judicial de la Ley de Financiamiento Universitario

Diciembre de 2025 — primera cautelar de Cormick. El juez federal hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el Consejo Interuniversitario Nacional y ordenó al Gobierno aplicar los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795, vinculados con la actualización salarial de docentes y no docentes y la recomposición de programas estudiantiles.

31 de marzo de 2026 — Cámara Federal. La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la cautelar dictada por Cormick, por lo que se mantuvo la obligación de aplicar esos artículos.

25 de junio de 2026 — Corte Suprema. El máximo tribunal rechazó el recurso presentado por el Gobierno y dejó firme la cautelar, aunque aclaró que se trataba de una medida provisoria mientras continuaba la discusión sobre el fondo de la cuestión.

1 de septiembre de 2026 — nueva cautelar a favor de la UBA. En una causa iniciada por la Universidad de Buenos Aires, Cormick volvió a ordenar al Ejecutivo cumplir con la Ley 27.795 y cuestionó el Decreto 759/2025.

30 de septiembre de 2026 — nueva intimación. El magistrado rechazó la apelación del Ejecutivo contra una nueva intimación y le dio cinco días para cumplir con la cautelar, bajo apercibimiento de aplicar multas.

6 de octubre de 2026 — sentencia de fondo. Cormick declaró inconstitucional la cláusula del Decreto 759/2025 que condicionaba la aplicación de la ley y ordenó al Gobierno cumplirla de inmediato. El Ejecutivo anunció que apelará la decisión.

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