«El beneficio previsto por la Ley 24.018 para expresidentes y exvicepresidente de la Nación es una asignación que no tiene carácter contributivo y se otorga con carácter excepcional y extraordinario, como contraprestación al honor, el mérito y el buen desempeño en el cargo. La señora Cristina Kirchner fue condenada por la Cámara de Casación Penal en la Causa vialidad como autora del delito de administración fraudulenta, por lo que representa lo contrario al honor, al mérito y al buen desempeño», justificó Adorni sin dar cuenta de que la condena, ratificada ayer por la Cámara Federal de Casación Penal, no está firme todavía.
Y siguió: «la jubilación a ex mandatarios es un privilegio que no debería existir en la Argentina, más aún si quien la percibe está condenada por estafar desde las más altas esferas del poder a millones de argentinos que vieron esfumarse sus esperanzas a manos de la política».
«Esto es nada más ni nada menos que otorgar un manto de sentido común y cordura a la gestión pública. Durante el mandato del presidente Milei, la Argentina no va a destinar fondos a ninguna persona que esté condenada por corrupción y que haya más mancillado el honor y la dignidad de los argentinos», concluyó.
El ministerio de Capital Humano que conduce Sandra Pettovello difundió un comunicado en el que da cuenta de la decisión del presidente Javier Milei.
Allí se advirtió que la baja se efectivizará a través de una resolución de Anses. Aseguraron que no se hace como una «sanción accesoria a la condena penal» que le impuso la Justicia, sino que es una consecuencia por la «indignidad que implica haber sido considerada autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública».
Según explicaron desde el Gobierno, el beneficio de tener una jubilación de privilegio, previsto por la Ley N° 24.018 para expresidentes y exvicepresidentes de la Nación, es una “asignación graciable, sin carácter previsional”, que se otorga como una contraprestación al honor, al mérito y al buen desempeño del cargo.
«No tiene carácter contributivo -esto es, no está sustentada en aportes equivalentes realizados por el propio beneficiario- sino que constituye una gracia otorgada en reconocimiento del mérito y del honor. La condena confirmada por la segunda y última instancia judicial ordinaria afecta el presupuesto legal que tiene en miras este privilegio, de por sí discutible. Haber sido encontrada culpable de un delito contra la administración pública en el ejercicio de su función como presidenta de la Nación torna inadmisible que pueda seguir percibiendo asignaciones de privilegio que le fueron otorgadas con carácter excepcional y extraordinario por un supuesto buen desempeño y por el honor del cumplimiento de su función presidencial. Tales premisas no pueden ser sostenidas frente a la sentencia de Casación Penal», señala el comunicado difundido a penas de un día después de la sentencia que emitieron los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña.
En ese sentido, desde la cartera de Pettovello indicaron que le sacaron a Cristina la jubilación por un “elemental respeto a la coherencia de la gestión del Gobierno y las consecuencias que debe tener la comisión de esta clase de delitos que atentan contra el sistema democrático”, por parte de alguien que tuvo a su cargo los destinos y la administración del Gobierno.
“Por último, es preciso destacar la ejemplaridad que la pérdida de estos privilegios tiene para la sociedad entera y para la clase política, que debe recuperar los valores éticos e institucionales que supieron cultivar nuestros próceres y padres fundadores”, concluyó.